El funcionario consular cubano podrá confeccionar, en calidad de Notario, cualquier documento Notarial, según la legislación Notarial cubana. Algunos de estos se relacionan a continuación:
Poder Especial : Escritura que tiene como objetivo que una persona designe a otra como su apoderado para que le represente en la realización de una acto jurídico.
Se ruega al cliente que haga una lectura detenida de este formulario antes de rellenarlo, los datos deben estar actualizados y ser lo más exacto posible.
Al solicitar el poder deberá abonar un arancel correspondiente y se le dará cita para firmarlo
Esta información se enviará a nuestra oficina para iniciar los trámites de su solicitud.
Para sustir efectos legales en el extranjero, todo documento debe ser previamente legalizado por un funcionario competente del nivel central del organismo que corresponda.
Nota: Recuerde que nos basamos en vuestros datos para realizar nuestro trabajo, por lo que nos nos hacemos responsables en caso de que estos sean erroneos o estén incompletos.
Un poder especial es escritura que tiene como objetivo que una persona designe a otra como su apoderado para que le represente en la realización de una acto jurídico. El Poder es personal y se otorga a favor de una sola persona.
Para los casos de poderes especiales con objeto de matrimonio o divorcio existen formatos específicos.
Completando el siguiente formulario le informaremos sobre el precio de este trámite y en caso que le sea de interés nos encargamos de gestionarlo.

