El pasaporte es el documento de identidad y viaje que identifica a los ciudadanos cubanos en el exterior.
Toda persona nacida en Cuba que no posea el documento acreditativo del Estado cubano donde conste que ha perdido la ciudadanía cubana, debe presentar su pasaporte cubano para entrar al territorio nacional, con la excepción de aquellos que emigraron antes del 31 de Diciembre de 1970 y que lo acrediten con documentos legales.
El ciudadano cubano residente permanente en el exterior deberá presentarse en el Consulado donde previamente se registró para formalizar la solicitud del pasaporte. Los trámites sólo se harán por la vía del correo en aquellas Oficinas consulares que así lo tengan establecido.
Se ruega al cliente que haga una lectura detenida de este formulario antes de rellenarlo, los datos deben estar actualizados y ser lo más exacto posible.
Esta información se enviará a nuestra oficina para iniciar los trámites de su solicitud.
Para sustir efectos legales en el extranjero, todo documento debe ser previamente legalizado por un funcionario competente del nivel central del organismo que corresponda.

