Se ruega al cliente que haga una lectura detenida de este formulario antes de rellenarlo, los datos deben estar actualizados y ser lo más exacto posible.
Esta información se enviará a nuestra oficina para iniciar los trámites de su solicitud.
Para sustir efectos legales en el extranjero, todo documento debe ser previamente legalizado por un funcionario competente del nivel central del organismo que corresponda.
Para hacer valer en Cuba un matrimonio efectuado ante autoridades extranjeras, los interesados deben presentarse en la Oficina consular con la Certificación de Matrimonio que expidió la autoridad del país, (con la traducción jurada en español legalizada por la autoridad competente en el país o el modelo internacional que incluya el español), la cual será legalizada por el Cónsul.
Ambos cónyuges (cubano y extranjero) deberán presentar además los documentos siguientes:
- Certificación de nacimiento o fotocopias de ésta;
Los funcionarios consulares cubanos en virtud de sus funciones regístrales y notariales pueden autorizar la formalización de matrimonios. Para
Completando el siguiente formulario le informaremos sobre el precio de este trámite y en caso que le sea de interés nos encargamos de gestionarlo.

